PRENSA

Acuerdo con Irán: la comunidad judía pide a la Justicia que lo frene

La AMIA y la DAIA, las dos instituciones de la comunidad judía querellantes en la ‎causa por el atentado contra el edificio sede de ambas entidades en 1994, ‎recurrirán hoy a la Justicia para pedir que no se aplique el reciente convenio ‎firmado por el Gobierno con la República Islámica de Irán, acusada de haber ‎ordenado el ataque terrorista.‎
La vía judicial que se decidió seguir luego de un largo estudio del asunto será una ‎acción de amparo. Allí se pedirá no sólo la declaración de inconstitucionalidad de ‎la ley sancionada por el Congreso para confirmar el convenio sino también dos ‎medidas cautelares, según dijeron fuentes de las instituciones.‎
Una de las cautelares que se pedirán está dirigida a que el Gobierno no aplique el ‎convenio hasta que no haya sentencia de un juez sobre su legalidad. Y la otra ‎pretende que se notifique a Interpol que se abstenga de levantar los pedidos de ‎captura contra los ciudadanos iraníes acusados por el atentado mientras no exista ‎un pronunciamiento de la Justicia sobre la validez del acuerdo.‎
Los argumentos que se llevarán a la Justicia serán básicamente los mismos que ya ‎expusieron ambas instituciones en el Congreso de la Nación, en ocasión de los ‎debates públicos por este tema. De acuerdo con AMIA y DAIA, el llamado ‎‎“Memorándum de Entendimiento” firmado por los cancilleres de ambos países, ‎viola seis artículos de la Constitución Nacional, otros dos de la Declaración ‎Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y dos más de la Convención ‎Americana sobre Derechos Humanos.‎
El argumento más fuerte de la demanda será, de acuerdo con las fuentes, el ‎artículo 109, de la Constitución, que dice que “en ningún caso el presidente de la ‎Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas ‎pendientes o restablecer las fenecidas”. Por ello, de acuerdo con los querellantes ‎de la causa penal, el convenio viola la división de poderes y afecta la ‎independencia del Poder Judicial.‎
Ambas instituciones consideran que la llamada “Comisión por la Verdad” prevista ‎en el acuerdo se constituye en una especie de nuevo tribunal con injerencia sobre ‎la causa pero por fuera del sistema legal argentino y, para colmo, que funcionará ‎sin plazos. Además, viola el “debido proceso” al sustraer la causa penal a su “juez ‎natural”, Rodolfo Canicoba Corral, quien estaría dispuesto a ir hasta Irán para ‎‎“interrogar” a los acusados que se niegan a ser indagados en la Argentina. Para ‎las querellas la indagatoria que prevé la ley es ante el juez y en la sede de su ‎tribunal.‎
Además, entre los querellantes llamó la atención que el acuerdo alcance a los ‎cinco iraníes con “circular roja” emitida por Interpol y no a los ocho que tienen ‎orden de captura firmada por el magistrado a cargo del caso en la Argentina. Ello ‎violaría el principio de igualdad ante la ley y demuestra, para las querellas, que a ‎Irán no le interesa cumplir con la Justicia argentina.‎
En el mismo sentido, los denunciantes creen que la Argentina incumplió la ley al ‎notificar a Interpol del acuerdo firmado por los cancilleres antes que éste fuera ‎aprobado en el Congreso, lo cual violaría el artículo 75 de la Constitución, que en ‎su inciso 22 atribuye al Congreso el “aprobar o desechar tratados concluidos con ‎las demás naciones y con las organizaciones internacionales”.‎
Los querellantes también dudan de la importancia de la nota enviada a Timerman ‎por el consejero jurídico de Interpol, Joel Sollier, en la que se afirma que las ‎circulares rojas siguen vigentes. En rigor, quien levanta o impone una “circular ‎roja” es la Secretaría General de ese organismo, argumentan. El fin iraní, ‎sostienen, es el levantamiento de las circulares rojas.‎